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Cárceles de Venezuela: Depósitos de seres humanos - El Sepulcro de los Vivos



Cárceles de Venezuela: Depósitos de seres humanos

El hombre, por mucho que haya descendido, exige instintivamente el respeto a su dignidad de hombre. Cada preso sabe muy bien que está preso… Pero ni estigmas, ni cadenas, ni presidio alguno le harán olvidar que es un hombre: precisa, pues, tratarle humanamente. Un tratamiento humanitario puede levantar al hombre más envilecido.

DOSTOIEWSKI – El Sepulcro de los Vivos.

Situación penitenciaria venezolana:
Para darnos una idea del Sistema penitenciario venezolano debemos comenzar en conocer que tenemos 34 recintos carcelarios de los cuales solo una es de mujeres, igualmente hay 14 anexos femeninos en algunas de estas cárceles de hombres. Tenemos 47.800 personas privadas de su libertad aproximadamente de las cuales el 80% están en proceso lo que significa a la espera de una sentencia que diga si es culpable o inocente y solo 20% con una sentencia definitiva. Si hablamos de violencia carcelaria, según cifras del Observatorio de Prisiones, en el año 2010 hubo 489 reclusos muertos y 1.173 heridos, en el año 2009 murieron 366 reclusos victimas de la violencia en nuestras cárceles y 635 resultaron heridos, igualmente en el año 2008 hubo 422 muertos y 854 heridos y en el año 2007 498 muertos y 1.023 heridos. La violencia carcelaria es tan grave que solo del mes de enero a octubre de 2011 la cuenta es de 489 muertos y 1.173 heridos lo que aun sin cifras definitivas de todo el año que recién termina lo convierten en el mas violento de la historia penitenciaria venezolana.
Es alarmante como se ha iniciado el año 2012 en nuestras cárceles, el 2 de enero ya habían conflictos en la Cárcel de Yare, situación que ha sido constante en diferentes recintos del país con el hecho grave en la Cárcel de Santa Ana en Táchira con el lamentable saldo de 5 reclusos muertos, no hay dudas en que nuestras caréceles son depósitos de seres vivos donde el derechos a la vida pareciera no existir.
Es importante destacar lo dicho por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su reciente informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Venezuela cuando establece “La privación de libertad no despoja a la persona de la titularidad de todos sus derechos humanos. En razón de que el Estado se encuentra en una posición especial de garante respecto a las personas bajo su custodia, éste tiene particular responsabilidad de asegurar que las personas privadas de libertad cuenten con las condiciones necesarias para desarrollar una vida digna y contribuir al goce efectivo de aquellos derechos que bajo ninguna circunstancia pueden restringirse”.

¿Cómo debe ser nuestro Sistema Penitenciario?

Conocer el contenido del artículo 272 de nuestra Carta Magna es fundamental para comprender como deberían ser nuestras cárceles. Allí se establecen 10 puntos esenciales de cómo debe funcionar el sistema penitenciario venezolano: a) Sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna; b) Respeto a los derechos humanos; c) Espacios para el trabajo, el deporte y la recreación; d) Dirigidas por autoridades profesionales con credenciales académicas suficientes; e) Administración descentralizada a cargo de los gobiernos estadales o municipales; f) Pueden ser sometidas a modalidades de privatización; g) Se preferirá el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias; h) En general se aplicaran las formulas de cumplimiento de pena con preferencia a las penas de naturaleza reclusoria; i) Se crearan las instituciones indispensables para la asistencia pospenitenciaria; y j) Creación de un ente autónomo de carácter técnico para regir las políticas penitenciarias del Estado.

Aunado al texto constitucional hay una gama de legislación en materia penitenciaria como el Código Orgánico Procesal Penal, la Ley de Régimen Penitenciario y su reglamento, el Reglamento de Internados Judiciales, la ley de Redención de la pena por el Trabajo y el Estudio y las de carácter internacional con valor también en nuestro país, que si bien es cierto le urgen una reformas para adaptarlo a la carta magna son de excelente factura, con la salvedad que no se cumplen.

¿Tiene el problema carcelario solución?

Por supuesto que si, la Carta Magna en el antes nombrado articulo 272 da las soluciones al grave problema que vivimos en nuestras cárceles y solo me referiré a 2 que considero serian el inicio para devolverle la dignidad a las cárceles venezolanas y a los hombres y mujeres que allí se encuentran:

Descentralización carcelaria:

La descentralización penitenciaria, ahora con rango Constitucional, no es nuevo en nuestra legislación, el día 07 de octubre de 1.993 mediante decreto presidencial N° 3188 que crea el Reglamento N° 8 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencia del Poder Publico sobre encomiendas a los Gobernadores de Estado de las Atribuciones en Materia de Administración de las Cárceles Nacionales, del para entonces Presidente de la Republica Ramón J Velásquez, se dio el primer paso para una futura descentralización penitenciaria creando la figura de la encomienda, mediante la cual se otorgaba a los Gobernadores de Estado competencia y determinadas atribuciones en materia penitenciaria aun y cuando el Ministerio de Justicia (para esa época), seguía manteniendo el control de sus cárceles las gobernaciones coadyuvaban en el trabajo penitenciario. Para esto era necesario la firma de un “Contrato de Encomienda” entre el Ministerio de Justicia y la Gobernación cooperante y donde se fijaban los términos de la misma.
Este inicio de lo que podríamos llamar descentralización penitenciaria no tuvo el éxito que se esperaba, en un inicio hubo gran receptividad por parte de las Gobernaciones de Estado siendo el primer contrato en firmarse en fecha 17 de enero de 1994, con la Gobernación del Estado Zulia siendo Gobernadora la criminóloga Lolita Aniyar de Castro, habiendo tenido un éxito bastante palpable mientras ella estuvo en la Gobernación. Después hubo otros intentos pero sin resultado alguno hasta llegar a ser un mandato Constitucional como lo es actualmente.
No existe material escrito sobre lo que seria la descentralización de las prisiones tal vez lo único que nos da indicios de lo que seria la descentralización de las prisiones lo dice el Dr. Elio Gómez Grillo, en su columna Horas de Audiencia, publicada en el diario “El Nacional” el 06/08/91 al comentar las razones que favorecerían la descentralización del sistema penitenciario señalaba las siguientes:

1.- Serían más de veinte autoridades regionales responsabilizadas por la situación carcelaria. Es fácil que fracase un solo titular de poder. Es difícil que fracasen veinte de ellas.

2.- Las decisiones y soluciones ante cada diseño carcelario son diferentes en cada Estado; como son diferentes sus prisiones, esto es, su población penal, su personal y su idiosincrasia colectiva. Ante estas especifidades, el poder regional tiene respuestas más precisas y acertadas que el poder central.

3.- Al convertirse cada problema penitenciario como problema local, en veinte problemas locales, se ensayarían veinte y tantas soluciones distintas… lo que exigiría un aporte responsable y calificado en cada entidad.

4.- La cercanía de la autoridad haría más controlable el régimen administrativo del penal y dificultaría las prácticas oficiales corruptas.

5.- El mejor conocimiento de la población penal y del personal penitenciario por parte de la población local y su participación en la escogencia de ese personal, favorecería la gestión carcelaria.

6.- Se crearía entre las diversas gobernaciones una sana emulación de eficiencia técnica penitenciaria lo que estimularía a cada una de ellas.

Profesionalización del personal de prisiones:
En Venezuela existe el único Instituto Universitario de Latinoamérica y de los pocos del mundo en formar a profesionales universitarios en el área del penitenciarismo de naturaleza civil, un sueño hecho realidad y que no sabemos por que razón siempre ha estado marginado por las autoridades penitenciarias. En 18 años son muchas promociones de Técnicos Superiores Universitarios en Penitenciarismo con un saldo de más de 900 hombres y mujeres con los conocimientos suficientes para darle vida y resucitar ese mundo olvidado de nuestras cárceles. ¿Que ha pasado? El Estado no ha demostrado interés en emplear a sus egresados porque desmantelarían a las grandes mafias que hacen vida dentro de nuestras cárceles que se nutren del tráfico de armas y drogas dentro de las cárceles. Un buen personal en las cárceles haría que estas situaciones irregulares cambiaran

Creo que al menos iniciar los procesos de descentralización penitenciaria y tener un personal calificado en nuestras prisiones seria un buen comienzo y la demostración de querer solucionar el problema.

Autor: Carlos Alberto Nieto Palma
Abogado, Especialista Superior en Derechos Humanos,
Coordinador General de “Una Ventana a la Libertad”
Profesor Universitario
@cnietopalma 

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